CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO DE INTERNET DE BANDA ANCHA (el “Servicio de Banda Ancha”)
1. Lascaracterísticas del Servicio de Banda Ancha son las consignadas en la Solicitudde Servicios, en las Condiciones Generales (disponibles en URL: https://www.xg.ar/) y en la Etiqueta que se acompaña con las presentescondiciones.
2. El Servicio de Banda Ancha será prestado los 365 días del año, durante las24 horas del día. No obstante, el mismo podrá sufrir interrupciones oreducciones en las tasas de transferencia debido a cortes no programados poreventos fortuitos o fuerza mayor, que afecten el correcto funcionamiento de lared.
3. Salvo indicación específica, losservicios de banda ancha son del tipo asimétrico con una relación desubida/bajada aproximada de hasta 1 a 4. Las capacidades de transmisiónexpresadas en el servicio contratado son nominales máximas y no garantizan ensí, dicha capacidad de transmisión, sino que representan el límite máximo alque puede transmitir el enlace del abonado. Asimismo, para optimizar laexperiencia de nuestros clientes y al mismo tiempo reforzar la calidad de lared, se podrán aplicar en algunas franjas horarias ciertos criterios deoptimización de uso de red por priorización de tipo de tráfico, evitandocongestiones repentinas y masivas para los abonados. El cliente reconoce y acepta las Condiciones de UsoAceptable que se encuentran publicadas en el Sitio Web de TPP: https://www.xg.ar/.
4. Como contraprestación por elServicio de Banda Ancha, el cliente deberá abonar el cargo de instalación, elabono mensual, y demás conceptos descriptos en la Solicitud de Servicios.
5. En el caso de mora en el pago delas facturas correspondientes, el Servicio de Banda Ancha será suspendido sinque tal conducta genere responsabilidad para TPP. Si el cliente regulariza su mora dentro de los 7 días corridosde haberse suspendido el Servicio de Banda Ancha, no tendrá que abonar ningúncargo adicional. Pasado ese plazo, el cliente podrá requerir la reactivacióndel Servicio de Banda Ancha. En ese caso, deberá estar al día con la deudapendiente y se le facturará un cargo por reconexión según sea el caso: a) de 7a 60 días, b) más de 60 días, de acuerdo a los montos que surgen de laSolicitud de Servicios.
6. TPP entregará al cliente, el equipo domiciliario "SM". Dichoequipo, será entregado al cliente en comodato, de conformidad con lo previstoen el artículo 1533 y conc. del Código Civil y Comercial de la Nación y en lascondiciones suscriptas entre las partes (ANEXOA).TPP reemplazará sin costo para el cliente, aquellos componentes del equipo que sehubieran deteriorado o nofuncionen correctamente, siempre que dicho deterioro o mal funcionamiento no sehubiera generado por culpa del cliente o terceros por los cuales TPP no debe responder.
7. TPP secompromete a cumplir la Ley Nº 25.690 y en tal sentido ofrecerá al Cliente,adicionalmente al Servicio de Banda Ancha, un sistema de control parental quepermite bloquear determinados sitios a requerimiento del Cliente. Lascaracterísticas operativas e instrucciones para uso del mismo serán entregadasal cliente al momento de realizar la correspondiente solicitud.
8. El Cliente deberá utilizar el servicio deBanda Ancha de conformidad alas Condiciones de Uso Aceptable, las Condiciones Generales y la normativa aplicable.
9. El Clienteno podrá realizar ningún tipo de modificación a los elementos que forman partede la instalación, incluyendo y no limitado al Equipo "SM", reflectorparabólico, elementos de soporte, cables de red, eléctricos, etc. En caso derequerirse, deberá coordinar una visita de mantenimiento con TPP. Atales efecto, el Cliente permitirá el acceso del personaldebidamente acreditado por TPP, a fin de que estos puedan ejecutarlas instalaciones y/o mantenimientos necesarios para la prestación del Serviciode Banda Ancha. Dicho acceso serápermitido durante las 24 (veinticuatro) horas del día, debiendo TPP notificar previamente al Cliente elhorario en el cual se llevarán a cabo dichas tareas.
10. El Cliente deberácontar, a su exclusivo costo y cargo, con el hardware y el software necesariospara el uso del Servicio de Banda Ancha. TPP no efectuará apertura o manipulación delhardware del Cliente. Toda modificación del mismo que fuere necesaria seráefectuada por el Cliente.
11. El Clienteserá responsable por el buen uso del Servicio de Banda Ancha y se compromete aevitar la realización de cualquier acción que pudiese perjudicar los sistemas,servicios o equipamiento de TPP.
12. El Cliente deberá abstenerse de transmitir información contraria a lalegislación vigente tanto en el orden nacional como internacional, moral, buenas costumbres o derechos de terceros,eximiendo a TPP de todaresponsabilidad por los daños y perjuicios que pudiere ocasionar a terceros.
13. El Cliente deberá obtener lasautorizaciones necesarias de parte del consorcio y/o administración deledificio para permitir el acceso de TPPen caso de resultar necesario, en caso que el Servicio de Banda Ancha seaprestado en un domicilio sujeto al régimen de propiedad horizontal.
14. El servicio de Banda Anchacontratado está destinado a un uso "personal" con una expectativa detráfico razonable para tal situación. En caso de que los consumos excedanvalores razonables para el tipo de servicio contratado, TPPpodrá rescindir el servicio comunicándole al cliente con 30 días deanticipación.
14. El cliente reconoce que: a) tantola retransmisión del servicio de banda ancha, así como su distribución porcualquier medio está absolutamente prohibida; b) mantendrá indemne a TPP por cualquier transacción que elcliente pudiera haber realizado a través de la red y mediante el servicio deBanda Ancha contratado; c) Reconoce que no utilizará el servicio para usos nopermitidos legal o regulatoriamente. El incumplimiento de los puntos a, b/ó c, será causal de rescisión, por exclusivaculpa del Cliente y el mismo deberá hacer frente a los daños y perjuicios quesu incumplimiento pudiera acarrear a TPP.
15. A efectos de practicar tareas demantenimiento, TPP podrá suspender el servicio de Banda Ancha enforma programada. Para ello, comunicará al cliente, vía correo electrónico conuna antelación mínima de 12 horas, la fecha en que se producirá el corteprogramado y su plazo de duración estimado.La previsión antedicha quedará sin efecto cuando causales de extrema urgenciaexijan la interrupción del servicio de Banda Ancha sin previo aviso.
16. Ante cualquier cambio en la legislación vigente que impida o dificultela prestación del servicio, TPP podrá cancelar los mismos sin pago de indemnización alguna a favor del cliente.
17. El Clienteacepta recibir información en su celular mediante mensajes de texto y/owhatsapp, así como también mensajes de Facebook a su cuenta y dirección decorreo electrónico registradas.
ANEXO A CONTRATO DE COMODATO
Entre TELEFONÍA PÚBLICA y PRIVADA SA (en adelante TPP), con domicilioen Viamonte 1133 Pisa 9º de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte,y por la otra, el Cliente, convienen en celebrar el siguiente Contrato deComodato, sujeto a los siguientes términos:
Primera
El CLIENTE recibe de TPP, en carácter de comodato, de plena conformidad y en perfectoestado, los equipos (en adelante elEquipo) necesarios para el correcto funcionamiento del Servicio de Banda Ancha,que se detallan a continuación: a) Antena(SM) marca Cambium Networks, Ubiquiti y/o Mimosa, según disponibilidad almomento de la instalación;b) Routermarca Cambium Networks, modelo CN Pilot 190 y 195, según disponibilidad almomento de la instalación;c) ReflectorParabólico;
Segunda
El comodato permanecerá vigentemientras el Cliente mantenga su calidad de abonado a los servicios de TPP. En ningún caso el CLIENTE podrá cederni de cualquier otro modo transferir a terceros los Equipos y/o el Servicio de Banda Ancha sin elconsentimiento previo y por escrito de TPP.
Tercera
El uso de los equipos instalados y todos los componentes de la red internase regirán por las normas del “Comodato” (Arts. 1533 y subsiguientes del CCCN).El CLIENTE se compromete a mantener el Equipo en el mismo estado de uso yconservación en que le fue entregado. Finalizada la prestación del servicio, TPP procederá al retiro delEquipo, previa coordinación con el Cliente.
Cuarta
En caso de pérdida y/o deterioro totalo parcial del Equipo, atento lo establecido en la cláusula precedente, elCliente deberá pagar a TPP el valor delmismo. A todo evento el Cliente declara tomar conocimiento y aceptar, que elvalor de reposición de los Equipos indicados en la cláusula Primera, inc. a, by c, es de U$S 340 (dólares estadounidenses trescientos cuarenta).Las partes otorgan al contenido enesta cláusula el carácter de título ejecutivo, por la suma mencionada,facultando a TPP a iniciar proceso ejecutivo de acuerdo a lasnormas procesales vigentes. El CLIENTE sólo podrá liberarse de la responsabilidad de pago contenida en estacláusula mediante documento emanado de TPP, que dé cuenta de la restitución deequipos en debida forma.
Quinta
Cualquier incumplimiento total oparcial por parte del Cliente a sus obligaciones asumidas en este Contrato y/oen la Solicitud del Servicio, facultará a TPP de pleno derecho a rescindir el“comodato” y exigir la restitución del Equipo en el plazo y forma que trata laCláusula Segunda del presente. La falta de restitución del Equipo producirá losefectos de la retención indebida, siendo aplicable lo dispuesto por el Art. 173de Código Penal.
Sexta
Sin perjuicio de lo expuesto y enconcepto de Cláusula Penal, en caso que el Cliente no devolviera los Equipos entiempo y forma fijados en la interpelación pertinente, el Cliente quedaobligado al pago de una multa de Dólares Estadounidenses cinco (U$S5) por cadadía de demora en la efectiva devolución. El importe resultante seráindependiente de que deba pagar por el valor del equipo fijado en la CláusulaCuarta y las restantes deudas líquidas y exigibles por el servicio y/u otroscargos ya devengados.
Séptima
A todos los efectos derivados delpresente contrato y la relación entre el Cliente y TPP que sobrepasen la víaadministrativa las partes se someten a la jurisdicción de los TribunalesOrdinarios correspondientes al domicilio del Cliente. Las partes constituyen a tales efectos los domicilios que cadaparte declara en este contrato.